El Consejo de Participación Ciudadana aprobaría este miércoles el texto de la convocatoria a integrar la veeduría que vigilará el concurso público.

Con la aprobación del texto de la convocatoria a integrar una veeduría ciudadana se pretende dar inicio al concurso público para elegir a la nueva autoridad de la Fiscalía General del Estado, cuyo reglamento se publicó en el Registro Oficial con correcciones de forma y fondo que no fueron analizados en el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

En la sesión prevista para este miércoles, 6 de noviembre, en Santo Domingo de los Tsáchilas, el pleno del CPCCS prevé aprobar la convocatoria para que próximamente la ciudadanía se inscriba a ser parte de la veeduría que vigilará las cinco etapas que superarán los postulantes a ser titular de la Fiscalía General.

La formación de esta instancia es el primer paso dentro de este proceso denominado concurso público de méritos, oposición e impugnación, que se hará para elegir a un reemplazo de Diana Salazar Méndez, cuyo periodo en funciones concluye en abril de 2025.

Sin embargo, pese a que se integre la veeduría, se estima que este concurso tome poco más de un año en realizarse.

Esta acción del pleno se produciría luego que el reglamento que guiará la designación se publicara en el Registro Oficial (RO) el 30 de octubre de 2024 y al que se incorporaron nueve arreglos legales hechos por la Secretaría General.

En contexto, el 30 de septiembre con seis votos afirmativos y una abstención —de Nicole Bonifaz— se aprobó el reglamento para elegir a un nuevo fiscal, que ha sido objeto de críticas por los gremios de abogados, ya que no permitirá la participación de quienes hayan patrocinado causas vinculadas al crimen organizado.

Es así como, de las 21 prohibiciones establecidas para postularse, está aquella que impide participar a quienes en los últimos diez años hayan defendido a personas sospechosas por incurrir en 35 delitos penales.

Es decir, no podrán aspirar al cargo quienes hayan defendido, entre otras decenas de delitos, terrorismo, genocidio, comercialización de pornografía con utilización de menores de edad, sicariato, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, tráfico ilícito de migrantes, producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.

En todo caso, el articulado se publicó con cambios que fueron hechos con una fe de erratas elaborada en la Secretaría General del Consejo, con base en un memorando enviado por el presidente Andrés Fantoni Baldeón.

Así, por ejemplo, el 30 de septiembre los seis consejeros apoyaron que en el título de las prohibiciones, artículo 22, numeral 20, no podrán inscribirse aquellos que no hayan sido sancionados con sentencia condenatoria ejecutoriada por ningún tipo penal de los tipificados en el Código Orgánico Integral Penal.

Con fe de erratas se corrigió para que diga que no podrán postular aquellos que “hayan sido sancionados con sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier tipo penal de los tipificados en el Código Orgánico Integral Penal”.

Otro error se relaciona con los porcentajes de los temas académicos que serán parte del banco de preguntas para la prueba escrita.

Entre la calificación de méritos, el examen escrito y la exposición de un caso práctico suman 100 puntos.

Para el examen escrito (valorado en 30 puntos y el práctico en 20) se aprobó que el 50 % sean preguntas de derecho penal; 20 % de derecho procesal penal; 10 % de gestión pública; 5 % de derecho constitucional, y 5 % de derechos humanos.

Esto sumaba 90 puntos y faltaban diez.

El CPCCS envió un texto corregido al Registro Oficial en el que se señala que el cuestionario para el examen escrito contendrá el 60 % de preguntas de derecho penal, y con ello se completan los 100 puntos.

A diferencia de concursos públicos pasados para la elección del fiscal, el CPCCS decidió interrumpir la etapa de la prueba escrita y práctica para que se haga después de la impugnación ciudadana.

El concurso está dividido en cinco partes que serán organizadas por una comisión ciudadana y son convocatoria y postulación; admisibilidad y reconsideración; fase de calificación de méritos y recalificación; fase de escrutinio público e impugnación; fase de oposición y recalificación.

Superadas estas pruebas, los consejeros designarán a la autoridad con el informe elaborado por esta comisión ciudadana, en la que estarán diez personas: cinco elegidos en representación de la ciudadanía y cinco de las funciones del Estado.

En otros concursos la regla ha sido primero la oposición y luego el escrutinio público, en el que se apunta a la falta de probidad o ética de un aspirante o si se comprueba que incumple algún requisito legal o constitucional.

Con esta estrategia los candidatos que superen la impugnación ciudadana se quedarán a rendir el examen práctico en el que se evalúa la oralidad sobre 20 puntos.

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