La rebaja del IVA en feriados busca incentivar el turismo nacional y abarca los gastos de alimentación, transporte y recreación.

El Gobierno dispuso la rebaja de la tarifa del impuesto al valor agregado (IVA) durante el próximo feriado de Carnaval.

A través del Decreto Ejecutivo 542 se dispone que se reduzca al 8 % la tarifa general del IVA por la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas durante los días sábado 1, domingo 2, lunes 3 y martes 4 de marzo de 2025, que corresponden al feriado de Carnaval, a nivel nacional.

Este impuesto actualmente es del 15 %.

Los establecimientos que presten servicios definidos como actividades turísticas deberán emitir los comprobantes de venta con la tarifa del 8 % en esos cuatro días.

El artículo 5 de la Ley de Turismo detalla cuáles son estos servicios que tendrán la tarifa reducida:

  • Alojamiento.
  • Servicio de alimentos y bebidas.
  • Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo; inclusive el transporte aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito.
  • Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte. Esa actividad se considerará parte del agenciamiento.
  • La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadoras de eventos congresos y convenciones.
  • Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos) hipódromos y parques de atracciones estables.

La reducción de la tarifa se aplicará a los servicios cuyo hecho generador ocurra entre el 1 y el 4 de marzo próximo.

El decreto emitido este 24 de febrero indica la necesidad de impulsar la reactivación del sector turístico, fortaleciendo sus actividades y aquellas que corresponden a las actividades económicas complementarias.

F: EL UNIVERSO

I: METRO ECUADOR

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