Más de 150 hectáreas fueron consumidas por el fuego en septiembre.

La Fiscalía General del Estado confirmó este martes, 5 de noviembre, que Dylan A., de 19 años, ha sido sentenciado a una pena atenuada de prisión tras ser hallado responsable del incendio que devastó las laderas de Guápulo el pasado 24 de septiembre.

Este juicio directo concluyó con una pena privativa de libertad, aunque reducida, en atención a circunstancias que la Fiscalía no detalló.

El Municipio de Quito reveló que Dylan A. recibió la sentencia de 8 meses de prisión, una multa de cuatro salarios básicos y reparación. Además se detalló que esta decisión se tomó por la colaboración del ciudadano con la Policía Judicial.

El incendio de Guápulo fue uno de los más devastadores que enfrentó Quito en las últimas décadas, consumiendo más de 150 hectáreas y afectando significativamente áreas naturales y urbanas.

Según información de la Policía Nacional, el joven fue arrestado en flagrancia con una caneca de combustible y otros indicios que lo relacionaban con el origen del incendio.

Esto llevó a que se le dictara prisión preventiva en una primera audiencia el 26 de septiembre, y la Fiscalía aceleró el proceso dada la gravedad del caso.

A nivel de ciudad, la respuesta al incendio involucró a más de 2.000 personas, entre bomberos, policías, personal municipal y ciudadanos, quienes trabajaron intensamente para controlar las llamas. El alcalde de Quito, Pabel Muñoz, calificó el siniestro como “el peor incendio de, al menos, los últimos 30 años”.

El presidente de la República, Daniel Noboa, solicitó que los responsables de los incendios forestales sean procesados bajo el marco del delito de terrorismo, tomando en cuenta el daño causado a la naturaleza y a las infraestructuras.

Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el delito de terrorismo, en su artículo 366, contempla penas de diez a trece años de prisión para quienes, mediante actos violentos, generen terror en la población y pongan en peligro edificaciones y personas.

Sin embargo, hasta ahora, los casos relacionados con incendios forestales se han procesado bajo el artículo 246 del COIP, que establece penas de uno a tres años de cárcel para quienes provoquen incendios en bosques o vegetación.

Este artículo, en su inciso primero, establece que quienes provoquen incendios en áreas boscosas o instiguen dichos actos serán sancionados con hasta tres años de prisión, lo que permitiría una condena reducida en ciertos casos.

La Fiscalía ha informado que durante el transcurso del día se publicará un boletín con más detalles sobre esta sentencia.

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