Este nuevo estado de excepción incluye ‘toque de queda’ en 19 cantones. Quito no está incluido en el listado y tendrá libre circulación.

A partir de este 3 de octubre de 2024, rige un nuevo estado de excepción decretado por el Gobierno del presidente Daniel Noboa.

Según el Decreto Ejecutivo 410 se declara estado de excepción en las siguientes provincias:

  • Guayas
  • Los Ríos
  • Manabí
  • Orellana
  • Santa Elena
  • El Oro

Además, se incluye al Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, y al cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.

En las zonas incluidas en este decreto se suspende el derecho a la inviolabilidad de domicilio. Es decir, que se pueden realizar inspecciones, allanamientos y requisas por parte de la Policía y Fuerzas Armadas. También la toma física de los materiales o instrumentos que se considere que sirven para el cometimiento de delitos, a fin de neutralizar amenazas.

Además, se suspende el derecho a la libertad de reunión, lo cual impide cualquier acción
que afecte la seguridad y el orden público.

Se suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia, es decir, que se pueden identificar, analizar y recopilar mensajes, comunicaciones, cartas o misivas físicas o electrónicas. Esto a fin de identificar comunicaciones que estén involucradas en el ocultamiento de alguna conducta ilícita.
El estado de excepción contempla, además, la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en las zonas incluidas en el decreto.

El estado de excepción restringe la libertad de tránsito todos los días desde las 22:00 hasta las 05:00 solamente en los siguientes cantones:

Azuay: cantón Camilo Ponce Enríquez.
Guayas: cantones Durán y Balao y parroquia Tenguel.
Los Ríos: cantones Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Pueblo Viejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma, Montalvo.
Orellana: cantones La Joya de los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto.

Las personas que circulen durante el horario temporal de restricción serán puestas a órdenes de las autoridades competentes, añade el decreto.

La libertad de tránsito no incluye a los servicios de salud pública integral y de la red privada complementaria; seguridad y fuerza pública, seguridad privada complementaria; servicios de gestión de riesgos y servicios de atención a emergencias. Además, los servicios de emergencia vial. Personas que deban trasladarse desde y hacia aeropuertos.

El presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo, mediante el cual se dispuso un toque de queda en varias provincias del país en el marco del estado de excepción. Esta medida regirá desde las 22:00 del miércoles 18 de septiembre hasta las 06:00 del jueves 19 de septiembre de 2024.

Las provincias afectadas por la medida incluyen Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.

Según el comunicado oficial emitido por la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia, el objetivo de esta medida es reforzar la seguridad ciudadana y proteger a la población ante la creciente preocupación por la violencia y la criminalidad.

El Bloque de Seguridad del Gobierno intensificará las acciones para precautelar la seguridad en las zonas donde rige la restricción, prestando especial atención en los cantones y parroquias afectados. Además, se prevé que en los próximos días se anuncien medidas adicionales en función de la evolución de la situación.

F: EL COMERCIO

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