Un hombre fue detenido por presuntamente cometer delitos de pornografía infantil. El hecho ocurre dos meses después de que un pediatra fue acusado del mismo delito.

Este 19 de septiembre de 2024, la Policía Nacional– durante acciones investigativas realizadas en Imbabura y Quito–, y en coordinación con la Fiscalia Ecuador, allanaron dos inmuebles donde fue detenido un ciudadano quien estaría implicado en los delitos de comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños y adolescentes.

Entre los indicios encontrados por la Policía están: un celular, una laptop, un USB y 351 archivos digitales.

Dos meses antes se descubrió un pediatra dentro de una red de pornografía infantil en Quito

Este 10 de julio de 2024, la Fiscalía en conjunto con la Policía Nacional ejecutaron una orden de allanamiento y detención con fines de formulación de cargos, en contra de Pablo Aníbal I. P. (pediatra), investigado -desde marzo de 2024-, por pornografía con utilización de niños, niñas y adolescentes.

«A través de plataformas informáticas, habría realizado transmisión e intercambio de material de abuso sexual infantil, de víctimas de 8 a 12 años de edad. La audiencia se realizará en las próximas horas», informó la Fiscalía.

¿Qué es la pornografía infantil?

Es un delito tipificado en el artículo 103, incisos primero y tercero, del COIP, que tipifica la pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes: “la persona que fotografíe, filme, grabe, produzca, transmita o edite materiales visuales, audiovisuales, informáticos, electrónicos o de cualquier otro soporte físico o formato que contenga la representación visual de desnudos o semidesnudos reales o simulados de niñas, niños o adolescentes en actitud sexual; será sancionada con pena privativa de libertad de 13 a 16 años.

Cuando la persona infractora sea el padre, la madre, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tutor, representante legal, curador o pertenezca al entorno íntimo de la familia; ministro de culto, profesor, maestro, o persona que por su profesión o actividad haya abusado de la víctima, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años”, según información de Fiscalía. (AVV)

 

F: LA HORA

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